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Datos del Inspector

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Reynol Nuricumbo Manriquez
Cargo: Supervisor
Verificador

Folio: SDU/DOT/INSP-03/2026

Secretaría de Desarrollo Urbano
Dirección de Ordenamiento Territorial
Jefe Inmediato:
María Fernanda Chang Muñoa - Directora de Ordenamiento Territorial
Teléfono Jefe Inmediato : 9616125511 Ext. 3107
Dirección:
1a. Avenida Sur Poniente Núm. 556, Barrio El Cerrito, C.P. 29066, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Correo institucional:
[email protected]
Teléfono:
9616125511 EXT 3107
Fundamentos Jurídicos Legales:

Ley de Fraccionamientos y Conjuntos Habitacionales para el Estado y los Municipios de Chiapas

https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=MTcxMg==&post=MTk=

Reglamento de Anuncios para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

https://tuxtla.gob.mx/normatividad/Reglamento_de_Anuncios_para_el_Municipio_de_Tuxtla_Gutierrez_Chiapas.pdf

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf

Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas

https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0029.pdf?v=OQ==

Reglamento para el Uso del Suelo Comercial y la Prestación de Servicios Establecidos en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=NDg=&post=MTk=

Reglamento de Construcción para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=MTcyNDE=&post=MTk=

Reglamento de la Administración Pública Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas

https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=MTgyNjY=&post=MTk=

Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas

https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0048.pdf?v=NA==

Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=NTE=&post=MTk=
Derechos del Inspector:

• Acceso y entrada: Pueden acceder a centros de trabajo y instalaciones sin previo aviso, con la excepción de lugares como propiedades militares. • Solicitar información: Tienen derecho a exigir documentos como contratos de trabajo, horarios, y a obtener información y pruebas necesarias para la inspección. • Realizar diligencias: Pueden tomar muestras, fotografías, hacer estudios, exámenes e interrogatorios a los trabajadores para verificar el cumplimiento de las normativas. • Auxilio y asesoría: Pueden solicitar el apoyo de expertos o peritos para realizar las inspecciones y brindar orientación técnica a trabajadores y patrones sobre las normativas vigentes.

Obligaciones del Inspector:

• Identificarse: Deben presentarse uniformados, identificarse con credenciales vigentes y mostrar la orden de inspección al inicio de la visita, según la normativa local. • Actuar con legalidad y ética: Deben actuar con legalidad, honradez, lealtad y apegarse a las normativas. Se les prohíbe tener interés en las empresas, revelar secretos industriales o comerciales, o aceptar regalos. • Garantizar derechos del inspeccionado: Deben permitir al inspeccionado hacer uso de la palabra en el acta y asentar las aclaraciones que desee. También deben entregarle copia del acta y respetar sus derechos. • Cumplir procedimientos: Deben levantar actas con los resultados de la inspección y entregarlas a sus superiores en los plazos establecidos. También deben realizar diligencias de notificación y emplazamiento. • Informar y orientar: Tienen la obligación de informar a las partes interesadas, como trabajadores y patrones, sobre las normativas y los resultados de la inspección.

Derechos del Ciudadano:

• Identificación del Inspector: El inspector debe identificarse debidamente con nombre, cargo y credencial oficial que lo acredite como servidor público, y el ciudadano tiene derecho a conocer su identidad. • Orden de Visita por Escrito: La inspección debe estar sustentada por una orden escrita emitida por la autoridad competente, que precise el motivo, alcance, fundamento legal y el lugar a inspeccionar. • Conocer sus Derechos y Obligaciones: El inspector debe informar al ciudadano inspeccionado sobre sus derechos y obligaciones durante la diligencia, usualmente mediante una guía o documento formal. • Presencia de Testigos: El ciudadano tiene derecho a designar a dos testigos para que estén presentes durante toda la inspección y firmen el acta correspondiente. • Derecho a un Representante Legal/Asesoramiento: Se puede contar con asesoramiento legal o un representante durante la diligencia. • Registro de Hechos Relevantes: El ciudadano tiene derecho a que se asienten en el acta de inspección las manifestaciones, hechos, o irregularidades que considere pertinentes, incluyendo la posibilidad de subsanar omisiones en el momento, si es aplicable. • Obtener Copia del Acta: Al finalizar la diligencia, el ciudadano tiene derecho a recibir una copia del acta de inspección levantada, que debe contener una relación detallada de los hechos u omisiones observados. • Impugnar la Actuación: Si considera que la actuación del inspector vulnera sus derechos o no cumple con los requisitos legales, el ciudadano puede impugnarla a través de los recursos administrativos o judiciales correspondientes.

Obligaciones del Ciudadano:

• Permitir el Acceso: Una vez que el inspector se ha identificado y ha mostrado la orden de inspección, el ciudadano debe permitirle el acceso al lugar o área objeto de la revisión. • Colaborar con la Autoridad: El ciudadano tiene la obligación de colaborar con el inspector, facilitando la información, documentos, libros o registros que le sean requeridos y estén relacionados con el objeto de la visita. • Proporcionar Información Veraz: Debe responder a las preguntas y requerimientos del inspector de manera veraz, relacionados con las actividades sujetas a inspección. • Designar Testigos: Se debe designar a los testigos requeridos por la autoridad para que presencien la diligencia; en caso de negativa o ausencia, el inspector puede designar a cualquier persona disponible. • Firmar el Acta de Inspección: El ciudadano, o su representante, debe firmar el acta de inspección al concluir la diligencia, lo cual no implica necesariamente la aceptación de las irregularidades, sino la constancia de los hechos asentados.

¡Defiende tus derechos!

Cuando el servidor público haya brindado una atención con deficiencia, o proceda de manera indebida puede iniciar una: