
Folio: SPCM/DIRRIE/255
| Fundamentos Jurídicos Legales: |
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Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutierrez, Chiapas. https://www.tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=MTU4OTc=&post=MTk= |
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Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=NTE=&post=MTk= |
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Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0073.pdf?v=MTk= |
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Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas https://www.congresochiapas.gob.mx/new/Info-Parlamentaria/LEY_0048.pdf?v=NA== |
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art. 14, 16 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf |
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Reglamento de la Administración Pública Municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. https://tuxtla.gob.mx/admin/php/descargar.php?obj=MTc2Njk=&post=MTk= |
| Derechos del Inspector: |
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Recibir una remuneración justa, a capacitaciones continuas, oportunidades de crecimiento, a tener protección como servidor público, a recibir necesarios recursos para desarrollar su labor, a recibir respeto, seguridad y protección. Atender las instrucciones de la autoridad sin perjuicio para este. Los inspectores podrán requisitar la orden en el mismo acto, en los casos extraordinarios en el que se desconozca los datos de identificación del inmueble o establecimiento a inspeccionar, su ubicación, nombre del propietario o encargado, giro o actividad. A tener apoyo interinstitucional al realizar una diligencia. |
| Obligaciones del Inspector: |
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Vigilar el cumplimiento de la normativa en materia de protección Civil, realizar visitas de inspección y verificación, levantar actas y citatorios, realizar y entregar las tarjetas informativas de las actividades realizadas. Seguir el procedimiento legal, actuar de manera disciplinada y respetuosa, notificar las irregularidades, cumplir con el código de conducta, trabajar de manera coordinada con otras áreas, en operativos, cumplir con las órdenes superiores conforme a la jerarquía establecida. Portar el uniforme oficial asignado por la Secretaría, identificarse con la credencial institucional vigente que para tal efecto le expida la Secretaría ante el ciudadano (propietario, arrendatario, poseedor, administrador o su representante legal, o ante la persona a cuyo cargo esté el inmueble) Contar con orden y comisión de inspección o verificación del inmueble o establecimiento por inspeccionar; la cual deberá estar debidamente fundamentada y expedida por la autoridad mediante firma. Practicar las visitas dentro del tiempo establecido conforme al Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. En las visitas de inspección, requerir al ciudadano que designe a dos personas que funjan como testigos en el desarrollo de la diligencia, advirtiéndole que en caso de no hacerlo estos serán propuestos y nombrados por el propio inspector Levantar acta circunstanciada por duplicado en formas numeradas y foliadas y hacer constar en el acta las observaciones al momento de la diligencia. Comunicar al ciudadano mediante acta, si existen omisiones en el cumplimiento de cualquier obligación a su cargo derivado del Reglamento de Protección Civil para el municipio de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, así mismo si se desprenden hechos que puedan constituir infracciones. Hacer saber al ciudadano sus derechos para exponer por escrito ante la autoridad lo que a su derecho convenga, y en su caso, aporte las pruebas que considere pertinentes en relación con las actuaciones realizadas. Así como el derecho que tiene de contar con diez días hábiles para subsanar las irregularidades derivadas del procedimiento Entregar al ciudadano copia del ejemplar legible del acta de la diligencia con las firmas de los participantes en la diligencia. Entregar a la autoridad (Dirección de Identificación y Reducción de Riesgos, Inspecciones y Eventos) el original del acta de la diligencia practicada para su análisis y valoración correspondiente. Hacerle saber al visitado la forma de notificación de la resolución |
| Derechos del Ciudadano: |
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Toda persona tendrá derecho al acceso a la protección civil, teniendo los habitantes, a su vez, el deber de participar activamente, cumpliendo con las medidas necesarias y colaborando con las autoridades en la prevención de los desastres. Toda persona tiene derecho a denunciar ante la Secretaría, de los hechos, obras o actos que puedan producir riesgo o perjuicio en su persona o la de terceros, bienes o entorno, o por la omisión de medidas preventivas que generen riesgos en lugares públicos y es obligación de la Secretaría, atender de manera inmediata la denuncia o en su caso canalizar o solicitar el apoyo a la dependencia o autoridad competente para el caso. Específicamente en relación a las visitas de inspección, verificación y notificación las personas que residan, habiten o transiten en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, a que el inspector porte el uniforme oficial, así como identificaciones oficiales expedidas por la Secretaría de Protección Civil Municipal, a solicitar orden de inspección o verificación, tienen el derecho a recibir copia legible del acta o documento de la diligencia realizada, a designar a dos personas que funjan como testigos en el desarrollo de la diligencia, a contar con cinco días para impugnar ante la autoridad posterior a una diligencia, diez días hábiles para subsanar las irregularidades derivadas del procedimiento. A manifestar lo que a su derecho corresponda en el acta circunstanciada de inspección. A que la resolución que proceda de acuerdo a lo establecido en el artículo 135 del Reglamento, le sea notificada en forma personal o por correo al visitado. |
| Obligaciones del Ciudadano: |
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Todas las personas que por cualquier motivo residan, habiten o transiten en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, tienen la obligación de cumplir las disposiciones en materia de protección Civil mismas que tienen por objeto regular las acciones en materia de protección civil vinculadas al manejo integral de riesgos de desastres. Participar activamente, cumpliendo con las medidas necesarias y colaborando con las autoridades en la prevención de los desastres. Específicamente en relación a las visitas de inspección, verificación y notificación las personas que residan, habiten o transiten en el Municipio de Tuxtla Gutiérrez, tiene la obligación de permitir el acceso al personal de la Secretaría al establecimiento o inmueble, a efecto de que practiquen los procedimientos y actividades de inspección, verificación, supervisión. Proporcionar la información que conduzca a la verificación del cumplimiento de las normas, del Reglamento y demás aplicables en materia de protección civil. Atender en tiempo y forma las obligaciones, recomendaciones y medidas que las autoridades de protección civil establezcan como resultado de la inspección, conforme a la normativa aplicable en la materia. |
| ¡Defiende tus derechos! |
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Cuando el servidor público haya brindado una atención con deficiencia, o proceda de manera indebida puede iniciar una: |